Nueva Ley: Interruptor para barcos

ATENCIÓN PROPIETARIOS Y OPERADORES DE BARCOS PEQUEÑOS:
Los operadores de embarcaciones recreativas de menos de 26 pies de eslora deberán usar un interruptor de corte de motor (ECOS) y el enlace #ECOS asociado a partir del 1 de abril de 2021, mientras la Guardia Costera implementa una ley aprobada por el Congreso. Las situaciones en las que no se requeriría el uso del enlace ECOS incluyen el acoplamiento, el arrastre y el funcionamiento en zonas de no activación. 

El ECOS y ECOSL previenen a los barcos que se desbocan y las amenazas que representan. El ECOSL conecta al operador de la embarcación a un interruptor que apaga el motor si el operador se desplaza del timón. El ECOSL suele ser un cordón tipo cordón que se conecta a un ECOS muy cerca del timón o en el motor fuera de borda si la embarcación es operada por un timón. Cuando se aplica suficiente tensión, el ECOSL se desconecta del ECOS y el motor se apaga automáticamente. Los ECOS inalámbricos se han desarrollado recientemente y también están aprobados para su uso. Estos dispositivos utilizan un “mando” electrónico que lleva el operador y detecta cuando está sumergido en agua, activando el ECOS y apagando el motor. Los dispositivos inalámbricos están disponibles en el mercado de accesorios y están comenzando a estar disponibles como opciones instaladas por el fabricante.   Cada año, la Guardia Costera recibe informes de operadores de embarcaciones de recreo que se caen o son expulsados ​​repentina e inesperadamente de su embarcación. Estos hechos han provocado lesiones y muertes. Durante estos incidentes, la embarcación continúa operando sin que nadie tenga el control de la embarcación, dejando al operador varado en el agua mientras la embarcación continúa en curso, o la embarcación comienza a dar vueltas a la persona en el agua y finalmente la golpea, a menudo con la hélice. . Estas peligrosas situaciones de embarcación fuera de control ponen en grave peligro al operador expulsado, a otros usuarios de la vía fluvial, a los agentes del orden marítimo y a otros socorristas.   La Sección 503 de la Ley de Autorización de la Guardia Costera de 2018 requería que los fabricantes de embarcaciones recreativas cubiertas (menos de 26 pies de eslora, con un motor capaz de 115 libras o más de empuje estático) equiparan la embarcación con un ECOS instalado a partir de diciembre de 2019. Se requiere que los propietarios de embarcaciones de recreo producidas después de diciembre de 2019 mantengan el ECOS en su embarcación en condiciones de servicio. Se recomienda que los propietarios de embarcaciones de recreo revisen periódicamente su sistema ECOS existente para asegurarse de que funciona correctamente, siguiendo las instrucciones del fabricante.   La sección 8316 de la Ley de autorización de la Guardia Costera Elijah E. Cummings de 2020 requiere que las personas que operan embarcaciones recreativas cubiertas (menos de 26 pies de eslora, con un motor capaz de 115 libras o más de empuje estático, lo que equivale a aproximadamente 3 caballos de fuerza o más). ) para utilizar “enlaces” ECOS mientras se opera en el plano o por encima de la velocidad de desplazamiento. No se requiere el uso de ECOSL cuando el timón principal está instalado dentro de una cabina cerrada. Las situaciones comunes en las que no se requeriría el uso de ECOSL incluyen el atraque / remolque, el curricán y el funcionamiento en zonas de no estela.   Actualmente, siete estados tienen leyes de uso de ECOS para embarcaciones de recreo y 44 estados tienen leyes de uso de ECOS para embarcaciones personales (PWC).